1. Las solicitudes se presentarán ajustándose a los formularios que se aprobarán con la correspondiente convocatoria, y que se publicarán en la siguiente página web: https://www.juntadeandalucia.es/economiainnovacionyciencia/oficinavirtual/, debiéndose cumplimentar los siguientes extremos:
a) Los datos identificativos de la entidad interesada y, en su caso, de quien la represente.
b) El medio preferente o el lugar a efectos de practicar las notificaciones que, en su caso, proceda
efectuar. A tal efecto, en el modelo de solicitud figura un apartado para que puedan indicar como preferente el medio electrónico.
c) Una declaración responsable de no hallarse incursa en ninguna de las circunstancias que prohíben
obtener la condición de entidad beneficiaria, de conformidad con lo establecido en la presente Orden.
d) Una declaración responsable de que cumplen los requisitos exigidos en esta Orden.
e) En los apartados correspondientes de la solicitud, la información necesaria para aplicar los criterios
de valoración, sólo en el caso de las líneas de subvención que se conceden en régimen de concurrencia competitiva.
f) Una declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados y, en su caso, concedidos, para la misma finalidad, por cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, con indicación de la entidad concedente, fecha, importe, y si los recursos son de origen comunitarios.
g) En su caso, el consentimiento expreso al órgano instructor para que recabe de otras Consejerías o
de otras Administraciones Públicas toda la información o documentación acreditativa exigida en la normativa de aplicación que estuviera en poder de aquéllas. En caso de no prestar el consentimiento, las entidades solicitantes estarán obligadas a aportar los documentos necesarios para facilitar esa información, en los términos indicados en el artículo 25.
h) Una declaración responsable de la veracidad de todos los datos reflejados en la solicitud.
i) La aceptación de su inclusión en la lista pública de personas beneficiarias prevista en el artículo 7.2.d) del Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre, en caso de cofinanciación por la Unión Europea.
2. Las sociedades cooperativas y sociedades laborales deberán, además, cumplimentar la declaración
responsable sobre todas las ayudas de minimis obtenidas durante los tres años anteriores a la fecha de la solicitud, así como las solicitadas y que se encuentren pendientes de resolver. |